Moneda                           Cotizacion          
Dólar SITME
5.30
Dolar Compra
8.83
Dolar Venta
8.40
Euro Ref
11.92
Peso Colombiano Ref
0.215

14 de junio de 2010

Lineamientos finales del SITME

He aquí algunos de los lineamientos finales mas relevantes que regirán el SITME.

1. Las personas jurídicas domiciliadas en el país podrán adquirir títulos a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME), hasta un máximo de un valor efectivo equivalente a US$ 50.000 diarios, siempre que no exceda de un valor efectivo equivalente a US$ 350.000 mensuales (no acumulativo) cuando se encuentren en cualesquiera de los siguientes supuestos:
1.1. Importadores de Bienes y Servicios que no estén incluidos en la lista 1 y 2 establecidas en la Resolución conjunta dictada por los Ministerios del Poder Popular.
1.2. Importadores de Bienes y Servicios que estén incluidos en la lista 1 y 2 establecidas en la Resolución conjunta dictada por los Ministerios del Poder Popular que no hayan adquirido divisas durante los últimos 90 días a través de autorizaciones de liquidación de divisas emitidas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
1.3. Importadores de Bienes e Insumos de Capital.

2. Las personas naturales podrán adquirir títulos a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME), cuando se encuentren en cualesquiera de los siguientes supuestos:
2.1. Hasta un máximo de un valor efectivo equivalente a US$ 1.000 mensuales, siempre que no exceda de un valor efectivo equivalente a US$ 6.000 anuales (no acumulativo) para la adquisición de divisas destinadas a transferencias por concepto de remesas a familiares en el exterior.
2.2. Hasta un máximo de un valor efectivo equivalente a US$ 5.000 anuales para adquisición divisas para gastos de estudios en el exterior. Para adquisición de divisas destinadas a atender gastos de consumo para viajes al exterior. Para adquisición de divisas destinadas al pago de bienes requeridos para la prestación de servicios profesionales.
2.3. Hasta un máximo de un valor efectivo equivalente a US$ 10.000 anuales para casos especiales de salud, educación, cultural y deportivo, cuyos beneficiarios necesiten adquirir divisas para atender los gastos referidos.

Requisitos:

1. Persona Jurídica:
1.1. Documento Constitutivo Estatutario, debidamente registrado.
1.2. Registro de Información Fiscal (RIF) vigente

2. Persona Natural:
2.1. Copia de la Cédula de Identidad Venezolana o en su defecto Documento de Nacionalización.
2.2. Registro de Información Fiscal (RIF) vigente.
Puedes consultar la circular original haciendo click aquí.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Hermano, supongo q es obligatorio ser titular de la cuenta en el exterior para que puedan liquidar? o puedo usar una cta de un tercero. que sabes de eso?.

Alexa dijo...

En cuando tiempo va a cancelar Cadivi de ahora en adelante? Porque nuestro proveedor nos da solo $10.000 y 30 dias de credito! Como podemos hacer si por rotacion de mercancia debo hacer pedidos de mas o menos 8.000 dolares cada 3 semanas?, por lo que debo cancelarles el primer pedido para que me despachen el segundo?
Si estamos al dia con nuestras obligaciones, por qué no podemos acceder al SITME para adquirir divisas que me permitan cancelar deudas contraidas sin Cadivi mientras salen las solicitudes de ALD hechas a Cadivi?
Por que no tengo ese derecho?

Administrador dijo...

Primera pregunta: Dependiendo de la solicitud usas tu cuenta o la de un tercero, si es una remesa familiar es la cuenta de un tercero.

Segunda Pregunta: CADIVI va a permanecer exactamente igual, el SITME es un complemento para CADIVI pero no una mejora, El resto no sabriamos decirte, es cuestion de CADIVI y sus caprichos y nada mas.

Gracias por preguntar!

Unknown dijo...

Lei en los lineamientos para la compra de bonos para personas naturales, que como Profesional de la Informática independiente, puedo optar a la compra de los bonos, para pagar bienes para la prestación de Servicio Profecional. Pero Ayer fui al mercantil, y la chica de Alta renta quien me habia aperturado la Cta. de Corretaje con Merinvest, no tenia el procedimiento para las adquisiciones de bonos por el BCV. Habrá que esperar para que pueda crearme el perfil y asi poder entrar en la jugada.

Saludos!!!

Unknown dijo...

las personas que residimos en venezuela con condicion de transeunte podemos acceder a estos beneficios del dolar sitme sabiendo que tengo mi cuenta en el banco banesco

Anónimo dijo...

en mi duda como comun!, solo necesito ser venezolano, rif natural, cuenta en el exterior y ¿presentarme en cualquier oficina bancario del pais o ...???, gracias.

CIUDADANO COMUN dijo...

Bien; solo necesito ser venezolano, CI vigente RIF natura vigente, cuenta en el exterior y presenterme con estos requisitos a:???