La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban) prepara un conjunto de normas que regularán el uso del servicio de la banca electrónica.
Estas normas tienen como objetivo la afiliación, identificación y autenticación del cliente; así como, la disponibilidad, confidencialidad, integridad y monitoreo de la información transmitida, almacenada o procesada a través de la banca por internet, cajeros automáticos, puntos de ventas, dispositivos celulares, equipos de autoservicios, robot de voz y otros canales electrónicos. Así se dio a conocer a través de un comunicado.
Entre los aspectos que se destacan en la citada normativa se puede encontrar la definición de cinco factores de autenticación, que permiten robustecer el acceso a las aplicaciones de banca electrónica, los cuales van desde factores simples o poco complejos, que sólo podrán ser utilizados para operaciones de consulta, transferencias o pagos del mismo titular en la misma institución bancaria y operaciones de autoservicio; hastea factores fuertes que deberán ser utilizados en operaciones que impliquen movimientos de fondos a terceros, afiliaciones y mantenimientos de cuentas, entre otros.
Éstas también considerarán el uso de servicios de banca a través de dispositivos móviles celulares, conocidos como banca móvil y pago móvil.
Estas normas tienen como objetivo la afiliación, identificación y autenticación del cliente; así como, la disponibilidad, confidencialidad, integridad y monitoreo de la información transmitida, almacenada o procesada a través de la banca por internet, cajeros automáticos, puntos de ventas, dispositivos celulares, equipos de autoservicios, robot de voz y otros canales electrónicos. Así se dio a conocer a través de un comunicado.
Entre los aspectos que se destacan en la citada normativa se puede encontrar la definición de cinco factores de autenticación, que permiten robustecer el acceso a las aplicaciones de banca electrónica, los cuales van desde factores simples o poco complejos, que sólo podrán ser utilizados para operaciones de consulta, transferencias o pagos del mismo titular en la misma institución bancaria y operaciones de autoservicio; hastea factores fuertes que deberán ser utilizados en operaciones que impliquen movimientos de fondos a terceros, afiliaciones y mantenimientos de cuentas, entre otros.
Éstas también considerarán el uso de servicios de banca a través de dispositivos móviles celulares, conocidos como banca móvil y pago móvil.
No hay comentarios:
Publicar un comentario